miércoles, 1 de mayo de 2013

¿COMO SE REALIZA EL PROCEDIMIENTO DE NOMENCLATURA DEL CALLEJERO EN EL MUNICIPIO DE MURCIA?


El Ayuntamiento de Murcia sigue una serie de trámites que se llevan a cabo cada año para bautizar las nuevas vías o para cambiar el nombre de pila a aquellas cuyo nombre ha podido quedar obsoleto y que podrían honrar a otra persona.

El proceso lo pone en marcha el Instituto Nacional de Estadística (INE) que entrega al Consistorio un informe de todas las nuevas calles que se han construido durante el año anterior, tanto el la ciudad como en las pedanías. Con este informe el Ayuntamiento tiene en cuenta todas las plazas y avenidas nuevas a las que debe bautizar.

Para el siguiente paso hay dos opciones diferentes dependiendo de la ubicación de la calle:
1)Si la vía se encuentra dentro de los límites del casco urbano, es el propio Ayuntamiento quien pasa el informe de las nuevas calles a una Comisión consultiva en la que se encuentra el grupo de Notables de la Región, quienes se encargan de decidir qué nombres son más apropiados en base a una serie de criterios históricos,...etc.

Este grupo se formó hace más de 15 años, y en él se encontraban personalidades de la Comunidad pertenecientes a la Real Academia Alfonso X El Sabio como Carlos Varcárcel o Manuel Muñóz Barberán (ya fallecidos), o Juan Torres Fontes y Francisco Sánchez Bautista, que por su avanzada edad ya no acudieron a la última reunión en febrero de 2013.

Asimismo, también pertenecen a esa Comisión un grupo de representantes de los diversos partidos políticos en función de su peso municipal (en la última reunión de febrero de 2013 eran 4 concejales del PP, 1 del PSOE, 1 de IU-V y 1 de UP-D). Estos se reunen una vez al año para decidir qué nombre tendrán las nuevas calles en función de quienes sean las personalidades más relevantes de la actualidad o los personajes más importantes de la historia. Una vez que deciden los nombres presentan un listado a la Comisión de Sostenibilidad, Urbanismo y Asuntos Generales del Ayuntamiento para su posterior aprobación por el Pleno Municipal.

2)En el caso de las pedanias el procedimiento es distinto.

Son las propias Juntas Vecinales y de Distrito quienes tienen la potestad para decidir mediante un escrito qué nombres quieren poner a las vias públicas. No hace falta recoger firmas. Ahora bien, el personaje debe tener alguna relevancia social prara conseguir tan preciado privilegio.

Posteriormente, al igual que con las calles del centro del municipio, será el Consistorio quien lo apruebe en Pleno.

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